Convocatoria segundo vicepresidente 2025-2026

La Asociación Mexicana de Endoscopia Gastrointestinal y Colegio de Profesionistas A.C., con base a los Estatutos aprobados en la Asamblea General Extraordinaria llevada a cabo el 17 de julio de
2021, invita a sus miembros a participar como candidatos a Segundo Vicepresidente y Subtesorero para el periodo 2025-2026.

En esta ocasión, el candidato a Segundo Vicepresidente debe radicar en cualquier estado de la República, y el Subtesorero en la Ciudad de México.

Por acuerdo de la Asamblea General, la fecha límite para la recepción de solicitudes y proyectos de trabajo de los candidatos será el 28 de julio de 2025, vía correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mismas que se darán a conocer en nuestra Página Web a partir del 29 de julio de 2025.

Mecánica de elección:

Artículo 14.1 El Segundo Vicepresidente será electo en forma alterna entre un miembro que radique en la Ciudad de México con un miembro que radique en cualquier Estado de la República. Deberá tener una antigüedad mínima ininterrumpida en la Asociación de diez años previos a la elección y haber ocupado al menos un cargo en el Consejo Directivo, que le permita conocer el funcionamiento de la AMEG CP y que haya desempeñado apropiadamente dicho cargo.

Artículo 14.2 El Subtesorero, por razón de estar la sede del Colegio en la Ciudad de México, deberá radicar en la misma Ciudad de México.

Artículo 14.4 En el caso de los aspirantes al cargo de Segundo Vicepresidente deberán incluir una carta solicitando su registro como candidato, un proyecto de trabajo y su curriculum vitae; y, los documentos que acrediten los requisitos antes mencionados. En el caso de Subtesorero deberá incluir una carta solicitando su registro como candidato y su curriculum vitae.

Artículo 14.6 Cuando existan dos o más candidatos, se realizará votación secreta con escrutinio abierto y se elegirá por mayoría simple. En caso de empate, se realizarán cuantas rondas sean necesarias para designar al ganador.

Artículo 14.7 En caso de haber candidato único, se solicitará la aprobación de la Asamblea para su nombramiento. En caso de que la Asamblea no apruebe al candidato único, ésta solicitará candidatos de viva voz entre los presentes para elegir un Presidente Interino que convocará a nuevas elecciones en Asamblea Ordinaria, 60 días después de la Reunión Nacional.

 

Dra Yolanda Zamorano Orozco
Presidente
Dr. Jony Cerna Cardona
Secretario Propietario 1